En ocasiones, queremos cambiar el uso urbanístico al que está actualmente destinado un  inmueble en Málaga para adaptarlo a nuestras necesidades, bien porque es un local y lo vamos a destinar a vivienda, bien porque es una vivienda y  queremos cambiar el uso a local comercial, oficina, garaje u otra actividad. Así, los cambios de uso urbanístico en Málaga pueden ser totales o parciales, tales como:

  • Cambio de uso de local a vivienda
  • Cambio de uso de vivienda a local
  • Modificación del uso urbanístico de algún elemento del inmueble como estancias determinadas, garaje, piscina, etc…

Qué es el cambio de uso urbanístico de un inmueble y dónde se tramita

Es el trámite legal por el que –si se cumple la normativa vigente- se puede cambiar total o parcialmente el uso de un bien inmueble de naturaleza urbana. El procedimiento de concesión de licencia de cambio de uso se tramita en el Ayuntamiento y, en el caso de cambio de uso urbanístico en Málaga se pide en la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras del Ayuntamiento Málaga cumplimentando este impreso de solicitud de cambio de uso mediante el cual solicitamos la licencia de cambio de uso indicando una de las siguientes finalidades:

  • Cambio de uso con obras de adaptación
  • Cambio de uso sin obras
  • Obras para (se indica la finalidad de las obras)

Es preceptivo solicitar la licencia antes de realizar la modificación en el cambio de uso y es siempre recomendable hacerlo con un arquitecto técnico, aparejador o técnico competente con la finalidad de garantizar la ejecución y evitar gastos innecesarios y sanciones administrativas.

Procedimiento para el cambio de uso urbanístico de un Inmueble

El cambio de uso urbanístico lo puede solicitar directamente la persona interesada o su representante legal, se encuentra regulado, con carácter general, en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y su tramitación puede variar en función de la localidad en la que se encuentre el inmueble conforme a la titularidad del bien inmueble, la tipología de cambio de uso a solicitar y los requisitos establecidas por la Normativa Urbanística vigente en el Ayuntamiento donde se encuentra el local o vivienda a modificar en cuanto a su uso.

Como hemos comentado, el cambio de uso urbanístico en Málaga se realiza en la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras del Ayuntamiento Málaga y debemos seguir los siguientes pasos:

El técnico redacta un informe de viabilidad de cambio de uso. Con este informe sabremos si el inmueble puede cumplir con todos los parámetros normativos y legales del nuevo uso al que se pretende destinar.

  1. Informe técnico de viabilidad del cambio de uso: En el que el técnico redacta el informe de viabilidad del cambio de uso para verificar si realmente se puede modificar el uso del inmueble conforme a la normativa reguladora aplicable para asegurarse de que es viable el cambio de uso conocer la normativa aplicable de carácter general. Asegurarse de la viabilidad del mismo, consultando a un técnico competente. Ofrecemos servicios de asesoramiento y redacción de informe con justificación de normativas para la viabilidad de los cambios de uso. Si el informe es favorable continuamos con el siguiente paso que es la redacción del proyecto y la documentación requerida.
  2. Proyecto de cambio de uso, redactado por su Arquitecto técnico, aparejador o técnico competente y visado por colegio profesional correspondiente, donde se especifique la situación actual del inmueble, y se justifique la viabilidad urbanística del nuevo uso propuesto, además del cumplimiento de toda la normativa técnica aplicable. Una vez elaborado el proyecto procedemos a presentarlo en el organismo competente junto al impreso de solicitud
  3. Presentación del impreso de solicitud de cambio de uso en la Gerencia Municipal de Málaga, debidamente cumplimentado, con la documentación solicitada y el proyecto redactado por el técnico competente y visado por el colegio profesional para que sea concedida la licencia de uso. Si el cambio de uso implica obras de adaptación, hay que abonar las tasas correspondientes para la realización de la misma que, en el caso de Málaga, corresponden al 2,5% del presupuesto de ejecución material de las obras a realizar. En caso de no ser necesaria la realización de obras, se abona una tasa mínima de licencia que, actualmente y en el caso de Málaga Capital, se estipula en 120€. La información relativa a los pagos a realizar al Ayuntamiento es meramente orientativa y se regula en la ordenanza municipal correspondiente de cada municipio.
  4. Fedatario público, Registro y Catastro. Si nos conceden la licencia municipal del cambio de uso, se formaliza –si procede- el cambio de uso del inmueble mediante escritura pública en Notaría, se solicita la inscripción de la escritura en el Registro de La Propiedad Horizontal y se comunica al catastro.

Si necesita el asesoramiento de un técnico competente experto en el cambio de uso urbanístico de su inmueble en Málaga y provincia, llámenos al teléfono  656 954 786 o envíenos un email a info@rpascua.com y estaremos encantados de informarle sin compromiso.

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