En este post, vamos a intentar explicar cuáles son las recomendaciones y la importancia de la prevención de riesgos laborales y la elaboración de un estudio de seguridad y salud.

Tener un Estudio de seguridad y salud (ESS) o un Estudio básico de seguridad y salud (EBSS). Es una garantía de seguridad en las obras, además de ser un documento obligatorio incluir dentro de cualquier proyecto de construcción.

Estudio de seguridad debe ser encargado por el promotor (propietario de las obras). El promotor designará a un técnico competente para que lo redacte, normalmente suele ser el mismo técnico que redacta el proyecto de obras (Arquitecto o Arquitecto Técnico).

Sin embargo, también puede encargar la redacción del proyecto a un técnico y la redacción del ESS o EBSS a otro técnico diferente.

Dicho documento se analizan los riesgos que existen en la obra que se va a construir. Estableciendo las medidas de prevención y protección necesarias en materia de seguridad y salud.

Normativa vigente que regula la ejecución del Estudio de seguridad y salud:

La normativa que regula el estudio de seguridad y salud o el estudio básico de seguridad y salud se establecen en el “REAL DECRETO 1627/1997. De 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción”.

Según el art. 4 del RD 1627/1997. El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud (ESS).

En los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes:

Los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior. Será el promotor quien estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio básico de seguridad y salud (EBSS).

Art. 7 del RD 1627/1997. Se establece la obligación de redactar el Plan de seguridad y salud (PSS) en el trabajo:

  1. La aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico. En función de su propio sistema de ejecución de la obra.
  2. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra.

¿Qué debe de incluirse en el Estudio de seguridad y salud o un estudio básico de seguridad y salud?

En primer lugar, este tipo de documento debe de estar elaborado por un técnico competente en la materia, cómo un Arquitecto Técnico. Designado por el promotor de la obra de construcción.

También Estudio de seguridad y saludeste documento deberá formar parte del proyecto de ejecución de obras.

Por otra parte, el ESS o el EBSS, debe contener las siguientes premisas:

Rpascua, como Arquitectos Técnicos, le aportamos una visión experta y cualificada, para la realización de su Estudio de seguridad y salud (ESS) o estudio básico de seguridad y salud (EBSS) y un Plan de seguridad y salud (PSS). Además, realizamos la coordinación y la ejecución de los estudios y planes para sus obras de construcción.

La Junta de Andalucía, tiene una línea de subvención en materia de proyectos e inversiones en Prevención de Riesgos Laborales, destinados a Microempresas y PYMES. Dichas líneas de subvenciones acaban el próximo 20 de agosto.

Descárgase la documentación aquí

Desde Rpascua, podemos ayudarle a la elaboración y la realización de cualquier procedimiento, proyecto o estudio. Para poder acudir a estas subvenciones

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